Ayuda y Soporte

Régimen Fiscal

Se detallan los pasos necesarios para especificar el régimen fiscal en el que se tributa así como el procedimiento para relacionar dicho régimen con cada una de las series de folios de comprobantes que emite en Enlace Fiscal.

Servicios en los que aplica:

  • CFD CBB CFDi

Última actualización:

  • 15 de Junio de 2012

Requisitos:

  • Es necesario contar con los permisos de administrador para especificar el régimen fiscal.
  • Es indispensable contar con la guía de obligaciones que se puede obtener de "Mi Portal" en el sitio web del SAT.

Explicación:

De acuerdo a las nuevas disposiciones fiscales contenidas en la Resolución Miscelanea Fiscal para 2012, será necesario especificar el régimen fiscal en el que se tributa como contribuyente emisor de comprobantes fiscales.

Régimen Fiscal:

Ante el SAT, todo contribuyente que emita comprobantes fiscales debe tener al menos un régimen fiscal activo. Por cada régimen fiscal que tenga activo, el SAT permite al contribuyente emitir ciertos tipos de comprobantes.

Es indispensable estar 100% seguro del régimen ya que un error ocasionará que todos los comprobantes emitidos con el régimen incorrecto sean inválidos.

Algunos contribuyentes pueden tener más de un régimen fiscal activo ante el SAT. Esto se debe a que puede emitir diferentes tipos de comprobantes fiscales.

Algunos regímenes fiscales para Persona Física:

  • Régimen de las Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales
  • Régimen Intermedio de las Personas Físicas con Actividades Empresariales
  • Régimen de Arrendamiento
  • otros…

Algunos regímenes fiscales para Persona Moral:

  • Régimen General de Ley Personas Morales
  • Régimen Simplificado de Ley de Personas Morales
  • Personas Morales con Fines no Lucrativos
  • otros…

Activar un Régimen Fiscal:

Para que los comprobantes fiscales puedan aparecer con el régimen fiscal en el que usted tributa, es necesario primero activarlo en su servicio de facturación electrónica de Enlace Fiscal:

1. El primer paso es ingresar a la sección de DATOS FISCALES ubicado en la página principal.

2. Una vez dentro de la sección de DATOS FISCALES seleccionar la pestaña de RÉGIMEN.

3. En esta pantalla aparecen aquellos regímenes que tiene activos así como la información de asociación con las series de comprobantes. Para activar un régimen fiscal, simplemente haga click en el botón AGREGAR REGÍMENES.

4. Ahora podrá seleccionar aquellos regímenes fiscales que desea activar. Haga click en el recuadro que aparece a un lado del nombre del régimen, verifique que la casilla tenga una palomita activa y haga click en el botón GUARDAR.

5. Le aparecerá un mensaje confirmando la activación del nuevo régimen fiscal y usted podrá verificar que se encuentra dentro de los regímenes activos.

Relacionar serie con su Régimen Fiscal:

Una vez que tenga activo el régimen (o regímenes) adecuado, es necesario ligar las series de comprobantes con dicho régimen. Es importante asegurarse de ligar cada serie de comprobantes con el régimen fiscal que le corresponda, teniendo especial cuidado en el caso de tributar bajo varios regímenes fiscales:

1. Dentro de la misma pestaña de RÉGIMEN, se puede consultar el régimen que esta siendo utilizado para cada serie de comprobantes. Esta información aparece en la parte inferior de dicha pestaña.

2. Para ligar el régimen a las series de comprobantes haga click en el botón: RELACIONAR SERIES CON REGÍMENES en la parte superior.

3. Aparecerá una pantalla listando cada una de las series de comprobantes activas en su cuenta. A un lado aparece la opción para seleccionar un régimen fiscal. Seleccione aquel que desea utilizar para cada una de las series.

4. Una vez que haya seleccionado el régimen adecuado para cada serie, haga click en el botón RELACIONAR para continuar.

5. En la siguiente pantalla aparecerá un resumen de los cambios que quedarán registrados. Si todos son correctos haga click en el botón CONFIRMAR.

6. ¡Listo! Las series ya cuentan con un régimen fiscal relacionado. Sus comprobantes emitidos a partir de este momento contarán con dicha información.

Consideraciones:

Si usted emitió comprobantes posteriores al 1ro de Julio de 2012 sin haber especificado anteriormente el régimen fiscal, dichos comprobantes tendrán como régimen "No aplica". Esto es de acuerdo a lo especificado en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2012. Sus comprobantes serán válidos y no deberá tener inconveniente para que sus clientes los puedan aceptar.